Nos encontramos realizando la implementación de los ajustes y nuevos requisitos establecidos en el Decreto 543 del 29 de mayo de 2026, con el fin de adaptar nuestros sistemas y procesos para la recepción de nuevas afiliaciones.
Mientras culminamos esta etapa, te recomendamos:
✅ Preparar y actualizar tus documentos.
✅ Realizar tu afiliación a Colpensiones, si aún no la tienes.
✅ Verificar que cumples con los requisitos vigentes establecidos en el decreto.
Te invitamos a estar atento(a) a nuestras redes sociales y canales oficiales. Te informaremos oportunamente cuando estemos listos para iniciar la recepción de nuevas afiliaciones.
¡Gracias por tu comprensión y confianza!
COMO FUNCIONARÁ EN SUBSIDIO
Al vincularse al sistema la persona queda cubierta, como cualquier cotizante, contra los riesgos de invalidez, vejez y muerte. En esta última, los sobrevivientes tienen derecho a recibir un auxilio funerario.
El Programa Subsidio al Aporte en Pensión, tiene por objeto subsidiar los aportes al Régimen General de Pensiones de los trabajadores independientes o desempleados, madres sustitutas, personas en condición de discapacidad, ediles y concejales
En este programa los beneficiarios deben aportar un porcentaje del monto total de cotización, que generalmente oscila entre el 60% y el 80%, dependiendo del grupo poblacional al que pertenezcan. El porcentaje restante lo subsidia el gobierno nacional, a través del Fondo de Solidaridad Pensional.
- Desempleados y Trabajadores Independientes
- Personas en condición de discapacidad
- Madres sustitutas o FAMI,
- Ediles
- Concejales
Temporalidad del Subsidio
Se establece que el otorgamiento del subsidio se definirá según las semanas previstas en el Plan de Extensión de Cobertura, en este caso, las contenidas en el Documento CONPES 4175 de 2025.
| Grupo | Requisitos Mínimos | Documentos Necesarios |
|---|---|---|
| INDEPENDIENTES O DESEMPLEADOS |
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• Cédula ampliada al 150% • Historia laboral de Colpensiones no mayor a 3 meses de expedición • Certificado de salud no mayor a 1 mes de expedición • Histórico de pagos de la entidad de salud (solo para cotizantes independientes). |
| MADRES SUSTITUTAS FAMI |
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• Cédula ampliada al 150% • Certificado de salud no mayor a 1 mes de expedición • Histórico de pagos de la entidad de salud (solo para cotizantes independientes) • Certificado ICBF o de la asociación no mayor a tres meses de expedición. |
| PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD |
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• Cédula ampliada al 150% • Historia laboral de Colpensiones no mayor a 3 meses de expedición • Certificado de Sisbén no mayor a 1 mes de expedición • Certificado de salud no mayor a 1 mes de expedición • Histórico de pagos de la entidad de salud (solo para cotizantes independientes) • Certificado de pérdida de la capacidad laboral igual o superior al 50%, no mayor a tres años de expedición. |
| EDILES | • Mayores de 18 años menores de 65 años • Estar afiliado al sistema de seguridad social en salud como subsidiado, beneficiario o cotizante sin superar un salario mínimo mensual vigente. • Ostentar la condición de Edil. |
• Cédula ampliada al 150% • Certificado de salud no mayor a 1 mes de expedición • Histórico de pagos de la entidad de salud (solo para cotizantes independientes) • Certificado de la Secretaría del Concejo no mayor a 1 mes de expedición • Credencial E26 emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil • Nota: si usted es Edil suplente debe adjuntar la Resolución de Posesión. • Historia laboral de Colpensiones no mayor a 3 meses de expedición. |
