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La Sociedad Fiduciaria de Desarrollo Agropecuario, FIDUAGRARIA S.A., será la administradora de los recursos del “Fondo de Solidaridad Pensional”. Contrato de engargo fiduciario No 604/2018 que sera administrado a través de su Unidad de Gestión, EQUIEDAD.

OBJETO

El objeto según lo establecido en la clausula primera del Encargo Fiduciario 604 establece que éste deberá: “[…] recaudar, administrar y pagar los recursos del Fondo de Solidaridad Pensional en los términos establecidos de la Ley 100 de 1993, la Ley 797 de 2003, el Decreto 3771 de 2007, Ley 80 de 1993, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 019 de 2012 y demás normas y reglamentos que las complementen, adicionen modifiquen o sustituyan, así como efectuar el estudio para el reconocimiento de la prestación humanitaria periódica para las victimas de la violencia por parte del Ministerio de Trabajo y efectuar el pago de la prestación de que trata el Decreto 600 de 2017 o normas que la complementen, adicionen, modifiquen o sustituyan.”

Programas financiados a tráves de las subcuentas del Fondo de Solidaridad Pensional:

Administración del Programa Colombia Mayor – Subcuenta de Subsistencia.


Administración del Programa de Subsidio al Aporte en Pensión – Subcuenta de Solidaridad.