Índice del artículo

5. ¿Qué es el Programa de Subsidio al Aporte en Pensión (PSAP)?

El Programa de Subsidio al Aporte a Pensión es un aporte destinado a grupos poblaciones que por sus características y condiciones, no tienen acceso a los sistemas de seguridad social, tales como personas mayores de 40 años, madres sustitutas, ediles y concejales pertenecientes a municipios de categorías 4, 5 y 6.

En este programa los beneficiarios deben aportar un porcentaje del monto total de cotización, que generalmente oscila entre el 5% y el 30%, dependiendo del grupo poblacional al que pertenezcan; el porcentaje restante lo subsidia el Gobierno Nacional a través del Fondo de Solidaridad Pensional.

Al vincularse al sistema la persona queda cubierta, como cualquier cotizante, contra los riesgos de invalidez, vejez y muerte. En esta última, los sobrevivientes tienen TAMBIÉN derecho a recibir el auxilio funerario.

6. ¿Qué requisitos debo tener para afiliarme?

Los requisitos generales de afiliación para todos los grupos poblacionales son los siguientes:

  • Estar afiliado a salud, ya sea como cotizante o beneficiario del régimen contributivo ó afiliado al régimen subsidiado.
  • Que la última cotización se haya realizado con Colpensiones. En caso de haberse realizado con un Fondo Privado, debe ser viable el traslado hacia Colpensiones (el usuario debe tramitar dicho traslado y éste deberá ser aprobado).

Además de estos dos requisitos, debe cumplir los que se exigen para su grupo poblacional y presentar los documentos que se solicitan a cada grupo:

Personas Mayores de 40 años
Edad: Mayor de 40 años y menor de 65 años.
Semanas cotizadas: Con mínimo 650 semanas cotizadas al Sistema General de Pensiones.
Sisbén: Subgrupo Sisbén A, B, C hasta la C12

Concejales

Edad: Mayores de 18 años menores de 65 años
Estar afiliado al Régimen de Seguridad Social en salud como cotizante Independiente con un salario mínimo mensual legal vigente o Beneficiario ó subsidiado en Salud
Ostentar la condición de concejal municipios categoría 4, 5 y 6

Ediles

Que no perciban ingresos superiores a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente. El subsidio se concederá solamente por el periodo en el que ostenten la calidad de edil.
Edad: Hasta los 65 años de edad.
Semanas cotizadas: No exige un mínimo de semanas cotizadas.
Sisben: No refiere

Madres Sustitutas

Siempre que no sean afiliadas obligatorias al Sistema General de Pensiones.
Semanas cotizadas: No exige un mínimo de semanas cotizadas.
Sisben: No refiere

Documentos: Certificado que ostente la calidad de madre sustituta, expedida por el ICBF o por la representante legal de la asociación a la que pertenece.

Personas en condición de discapacidad

Personas que cuenten con una calificación de invalidez que refleje una pérdida de la capacidad laboral superior al 50% y que tengan más de 40 años y no superen los 65 años.
Contar con un mínimo de 500 semanas cotizadas al Sistema General de Pensiones.
Deberán tener un Sisbén niveles 1 y 2 de conformidad con lo establecido en la resolución la resolución 104 del 6 de julio de 2018.

22. ¿Qué documentos debo presentar para poder inscribirme en el PSAP?

Para todos los casos se requiere presentar:

  • Certificado de afiliación en salud vigente, con fecha de expedición no mayor a 30 días..

Si la persona es beneficiaria del régimen contributivo debe presentar únicamente certificado del estado de afiliación.

Si es cotizante independiente, debe presentar certificado de afiliación en el que se especifique el Ingreso Base de Cotización, o en su defecto anexar al certificado fotocopia del histórico de pagos.

Si la persona es beneficiaria del régimen Subsidiado, debe presentar certificado de afiliación

  • Cédula de ciudadanía original y Fotocopia legible ampliada al 150%
  • Historia  laboral o certificación de semana cotizadas.
  • Soporte SISBEN

Además debe tener en cuenta los requisitos específicos del grupo poblacional al que pertenece:

Para Madres Sustitutas:

 Presentar certificado que acredite la calida de madre sustituta expedido por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

Para personas en condición de discapacidad:

Certificado expedido por la EPS en donde se evidencie una calificación de invalidez que refleje una pérdida de la capacidad laboral superior al 50% 

23. ¿Cómo es el proceso de inscripción?

El proceso de afiliación no tiene costo, y se realiza de forma virtual a través del Portal Transaccional

24. ¿Cuál es mi fecha límite de pago?

La fecha límite de pago se determina de acuerdo a los últimos dos dígitos de su cédula de ciudadanía, así:

00 – 07 = 2
08 – 14 = 3
15 – 21 = 4
22 – 28 = 5
29 – 35 = 6
36 – 42 = 7
43 – 49 = 8
50 – 56 = 9
57 – 63 = 10
64 – 69 = 11
70 – 75 = 12
76 - 81 = 13
82 – 87 = 14
88 – 93 = 15
94 – 99 = 16

Por ejemplo, si su cédula finaliza en 06- ésto significa que su fechá límite de pago es el segundo día hábil de cada mes.

25. ¿Qué sucede si olvido pagar un mes?

Si usted no puede pagar o deja pasar su fecha límite de pago, ese mes no sumará a su aporte de cotización. No hay posibilidad de realizar ese pago posteriormente.

26. ¿Qué puede ocasionar que me retiren del Programa?

a) Que deje de realizar el aporte durante 6 meses consecutivos.
b) Que cumpla sesenta y cinco (65) años de edad o que el Fondo le haya subsidiado el máximo de semanas conforme a lo establecido.
c) Que empiece a cotizar como dependiente.
d) Que consiga un empleo (le pagan las prestaciones sociales)
e) Si va a realizar trámite de pensión.

27. ¿Por qué aparece en mi Historia Laboral: "Deuda por no pago por parte del Estado?

Si al validar su historia labora (que expide Colpensiones), en algún periodo encuentra “Deuda por no pago por parte del estado”, esto quiere decir que EQUIEDAD aún no ha girado los recursos del subsidio que el Estado le otorga a sus beneficiarios. Sin embargo, hay que tener en cuenta que una vez Colpensiones recibe dicho dinero, el proceso de imputación tarda 2 o 3 meses en verse reflejado en la Historia Laboral. Es decir, el dinero que EQUIEDAD gira en enero, se refleja en abril, el de febrero en mayo y así sucesivamente.

¿Por qué funciona así? Porque es un trámite entre entidades que funciona así: Colpensiones, una vez el beneficiario hace su aporte del mes, envía a Equiedad una cuenta de cobro en la cual se cobra el subsidio que el Estado le da al beneficiario, correspondiente a ese mes.
Entonces, Colpensiones recibe: Aporte del beneficiario + Subsidio que gira Equiedad = Total del aporte del mes.
Si al revisar su Historia Laboral, luego de varios meses persiste el mismo mensaje "deuda por no pago por parte del Estado" usted debe dirigirse a Colpensiones, llevar copia de sus recibos de pago, y solicitar que envíen a Equiedad la cuenta de cobro correspondiente a sus subsidios.

28. Se pasó mi fecha límite de pago ¿puedo hacer el aporte de todas formas?

No, el sistema no acepta pagos extemporaneos, por lo cual no es posible realizar el aporte una vez ha pasado la fecha límite de pago, de ahí la importancia de cancelar de manera anticipada a dicha fecha, puesto que cada mes que se deja de pagar son cuatro semanas que dejará de sumar a su historia laboral.

29. ¿En dónde puedo realizar mi pago?

Estas son las entidades bancarias en las cuales puede realizar sus pagos:

Banco Caja Social
Banco Agrario
Banco de Bogotá
Banco AV Villas

30. ¿Cómo consulto las semanas que tengo cotizadas?

El Consorcio Fondo de Solidaridad Pensional 2022 administra los recursos del Fondo de Solidaridad Pensional y mensualmente gira a COLPENSIONES los dineros correspondientes a los subsidios que el Estado le ha otorgado a sus beneficarios del PSAP, esa es su única función.

En ese sentido COLPENSIONES, que es la entidad administradora de pensiones, es la que contabiliza las semanas que los usuarios van cotizando.

Para consultar el número de semanas cotizadas usted debe realizar el siguiente proceso:

1. Ingrese a la sede electrónica de Colpénciones aquí: https://sede.colpensiones.gov.co/login
2. Realice el registro y acceda a su información.

31. ¿Qué debo hacer si tengo una vinculación labol de manera temporal?

Debe solicitar el retiro temporal del Programa PSAP, para ello es necesario que envíe al buzón de atención una carta escaneada con su firma en la que explique los motivos de su retiro y adjunte fotocopia de la cédula ampliada al 150% e Historia Laboral (para los casos en los que adquiera capacidad de pago o se vincule laboralmente).

El plazo que tiene para ellos es de 10 días a partir de la firma de su contrato.

Ahora bien, una vez termine su contrato laboral usted puede solicitar el reintegro al Programa (sólo si hizo el procedimiento anterior), enviando una carta con su solicitud y adjuntando la fotocopia ampliada de su cédula, la Historia Laboral actualizada y el certificado de afiliación a salud.